Micelio

Artículo 6

La Junta Central De Títulos Médicos Del Ministerio De Higiene Llevará El Registro Ordenado De Cada Uno De Los Profesionales En Ejercicio, Anotando El Lugar De Residencia

Decreto 3916 de 1949 · Por el cual se dictan unas disposiciones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. La Junta Central de Títulos Médicos del Ministerio de Higiene llevará el registro ordenado de cada uno de los profesionales en ejercicio, anotando el lugar de residencia. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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