º . Los conceptos y su trámite
Los interesados presentarán ante el Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior, ICFES, los documentos que de conformidad con la ley y el reglamento, sustenten la correspondiente solicitud según la materia de que se trate.
El ICFES, dentro del mes siguiente al recibo de la solicitud verificará la conformidad de la misma a las disposiciones aplicables y, si fuere del caso, solicitará por escrito la información complementaria o aclaratoria que fuere necesaria, señalando al interesado el plazo para su aportación y advirtiéndole que al vencimiento del mismo, si no hay respuesta de su parte, se archivará de oficio la solicitud.
Dentro de los dos (2) meses siguientes al vencimiento del plazo señalado, el ICFES remitirá a la Comisión Consultiva la solicitud y sus soportes, acompañados de un concepto evaluativo desde el punto de vista formal y jurídico o en el estado en que se encuentre al transcurrir los dos (2) meses aquí señalados.
La Comisión Consultiva dispondrá de un término de seis (6) meses contado a partir de la fecha en que el ICFES radique ante ella la documentación respectiva, para emitir el concepto que le corresponde. Vencido este término, enviará la documentación al Ministerio de Educación Nacional en el estado en que se encuentre.
Los conceptos de la Comisión Consultiva no son obligatorios para el Ministro de Educación Nacional.
Los conceptos desfavorables serán comunicados a través del Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior, ICFES, a la institución interesada, que dentro de los diez (10) días siguientes podrá solicitar la revisión del concepto. El ICFES tiene cinco (5) días para remitir la documentación a la Comisión Consultiva y ésta dispondrá de un término de dos (2) meses para la revisión.