Con la escritura de que trata el artículo anterior se deberán protocolizar los siguientes documentos:
La certificación y planos catastrales del inmueble con indicación de su localización, cabida y linderos.
Los recibos de pago de los impuestos, contribuciones y valorizaciones causados por el inmueble y pagados por el solicitante y con una antigüedad de por lo menos un año.
Las declaraciones y pruebas que a juicio del solicitante le permitan demostrar que ha ejercido posesión regular de forma pública, continua y pacífica sobre el inmueble durante el año anterior a la fecha de la solicitud.