Las estampillas de timbre nacional no podrán adherirse a los márgenes del papel sellado ni sobre el espacio escrito, ni sobre el sello. Cuando no sea posible la adherencia de l-as estampillas en el mismo documento, por falta de espacio, se utilizarán hojas adicionales. La misma regla se aplicará cuando el impuesto de timbre se pague por medio del empleo de máquinas registradoras.
Decreto 2908 de 1960 →Vigente
Artículo 11
Las Estampillas De Timbre Nacional No Podrán Adherirse A Los Márgenes Del Papel Sellado Ni Sobre El Espacio Escrito, Ni Sobre El Sello
Decreto 2908 de 1960 · Por medio del cual se expiden normas sobre impuestos de timbre nacional y papel sellado. (segunda publicación)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.