Micelio

Artículo 1

Modifícase El Artículo 1º Del Decreto 140 De 1994, El Cual Quedará Así: "a Partir De La Vigencia Del Presente Decreto Y Hasta El 8 De Mayo De 1994, Congélanse Las Plantas De Personal De Los Ministerios, Departamentos Administrativos, Superintendencias, Establecimientos Públicos, Unidades Administrativas Especiales Y Empresas Industriales Y Comerciales Del Estado Del Orden Nacional»

Decreto 273 de 1994 · por el cual se modifica y adiciona el Decreto 140 de 1994

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Modifícase el artículo 1º del Decreto 140 de 1994, el cual quedará así: "A partir de la vigencia del presente Decreto y hasta el 8 de mayo de 1994, congélanse las Plantas de Personal de los Ministerios, Departamentos Administrativos, Superintendencias, Establecimientos Públicos, Unidades Administrativas Especiales y Empresas Industriales y Comerciales del Estado del orden nacional».

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 273 de 1994