Micelio

Artículo 8

En Dicho Reglamento Se Señalarán Los Linderos Generales Del Distrito, Las Aguas De Que Dispone Y Las Autoridades Encargadas De Su Manejo

Decreto 182 de 1968 · Por el cual se reglamenta el uso de aguas, operación, conservación y mantenimiento de los distritos de riego y avenamiento

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. En dicho reglamento se señalarán los linderos generales del Distrito, las aguas de que dispone y las autoridades encargadas de su manejo.

Parágrafo

El reglamento podrá dividir los distritos, para efectos de su operación, en varias unidades, cada unidad en zonas y cada zona en secciones de riego.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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