En Dicho Reglamento Se Señalarán Los Linderos Generales Del Distrito, Las Aguas De Que Dispone Y Las Autoridades Encargadas De Su Manejo
Decreto 182 de 1968 · Por el cual se reglamenta el uso de aguas, operación, conservación y mantenimiento de los distritos de riego y avenamiento
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
º. En dicho reglamento se señalarán los linderos generales del Distrito, las aguas de que dispone y las autoridades encargadas de su manejo.
Parágrafo
El reglamento podrá dividir los distritos, para efectos de su operación, en varias unidades, cada unidad en zonas y cada zona en secciones de riego.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.