Relaciones con otras entidades. La Subdivisión de Comercio Internacional adelantará sus labores en coordinación con la entidades que desarrollen funciones afines o complementarias, y particularmente con el Ministerio de Relaciones Exteriores. Podrá solicitar del Ministerio de Relaciones Exteriores que imparta instrucciones a los agentes en cuestión para que adelanten estudios especiales o hagan, gestiones relacionadas con el comercio exterior.
El Ministerio de Relaciones Exteriores reglamentará la forma en la cual la Superintendencia de Comercio Exterior y en particular la Subdivisión de Comercio Internacional, mantendrá contacto con los agentes diplomáticos y consulares, en relación con aspectos de comercio exterior.