Micelio

Artículo 21

Decreto 1733 de 1964 · Por el cual se determinan la estructura y funciones de los organismos de comercio exterior, y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Relaciones con otras entidades. La Subdivisión de Comercio Internacional adelantará sus labores en coordinación con la entidades que desarrollen funciones afines o complementarias, y particularmente con el Ministerio de Relaciones Exteriores. Podrá solicitar del Ministerio de Relaciones Exteriores que imparta instrucciones a los agentes en cuestión para que adelanten estudios especiales o hagan, gestiones relacionadas con el comercio exterior.

Parágrafo

El Ministerio de Relaciones Exteriores reglamentará la forma en la cual la Superintendencia de Comercio Exterior y en particular la Subdivisión de Comercio Internacional, mantendrá contacto con los agentes diplomáticos y consulares, en relación con aspectos de comercio exterior.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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