Para tal efecto, deberán contar con las voces de las organizaciones sociales de mujeres del país, representadas en el comité de seguimiento a la Ley 1257 de 2008 , que defiende y promueve la participación política de las mismas en todas las instancias gubernamentales.
Se le atribuye al Gobierno nacional a incorporar los recursos necesarios para que se financie la creación de un proyecto audiovisual que reconstruya y resalte la importancia del movimiento sufragista, y los derechos políticos de las mujeres.
Dicha pieza audiovisual podrá ser transmitida para alguno de los canales del sistema público, y o través de los canales digitales.
Las partidas presupuestales que trata el presente artículo no afectaran las transferencias de ley, ni las apropiaciones presupuestales que anualmente, el fondo único de tecnologías de la información y las comunicaciones debe girar a los operadores y cuya destinación específica es el fortalecimiento de la televisión pública