º . La Nación-Ministerio de Hacienda y Crédito Público recibirá de parte de la Financiera de Desarrollo Territorial S.A., Findeter, activos monetarios por el mismo valor de la obligación principal asumida por la Nación, más los intereses causados sobre los saldos deudores del préstamo BIRF hasta la fecha en que la Nación reciba dichos activos, una vez aceptados por Findeter los recursos en el mercado local. La tasa de cambio peso-dólar que se aplicará para estos efectos será la Tasa Representativa del Mercado vigente en la fecha de la entrega de los mencionados activos.
La fecha de asunción por la Nación-Ministerio de Hacienda y Crédito Público- de la mencionada deuda será la fecha del correspondiente recibo de los activos monetarios de que trata el presente artículo, sin exceder del 15 de diciembre de 2001.