° Para facilitar el ejercicio de la vigilancia administrativa a nombre del Presidente de la República, de conformidad con lo previsto en el artículo 1° del Decreto legislativo número 2448 de 1953, los Jefes de Presupuesto, Control y Contabilidad de las distintas dependencias del Gobierno, serán nombrados por resoluciones que dictará el Director del Presupuesto Nacional, con la aprobación del Presidente de la República y del respectivo Ministro.
Decreto 1087 de 1955 →Vigente
Artículo 1
Para Facilitar El Ejercicio De La Vigilancia Administrativa A Nombre Del Presidente De La República, De Conformidad Con Lo Previsto En El Artículo 1° Del Decreto Legislativo Número 2448 De 1953, Los Jefes De Presupuesto, Control Y Contabilidad De Las Distintas Dependencias Del Gobierno, Serán Nombrados Por Resoluciones Que Dictará El Director Del Presupuesto Nacional, Con La Aprobación Del Presidente De La República Y Del Respectivo Ministro
Decreto 1087 de 1955 · Por el cual se dicta una disposición
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.