Micelio

Artículo 1

º

Decreto 3088 de 1997 · por el cual se modifica el Decreto 2337 de 1996.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Se modifica el inciso 3º del artículo 5º del Decreto 2337 de 1996, el cual quedará así: "La Nación expedirá títulos con las mismas características anteriormente indicadas con el fin de reembolsar la porción del pasivo pensional a cargo de la Nación, determinada de acuerdo con lo estipulado en el inciso 2º del artículo 131 de la Ley 100 de 1993, que haya sido pagada por las universidades o instituciones de Educación Superior. Dichos títulos tendrán plazo de un año, a partir de la fecha de su expedición que será la de la correspondiente acta de emisión. Esta porción del pasivo pensional deberá corresponder a los estudios del cálculo actuarial, lo cual se manifestará por el representante legal de la respectiva universidad o institución de Educación Superior, al solicitar la emisión del respectivo bono".

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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