Micelio

Artículo 131

Es Prohibido Hacer Maniobras De Retroceso En Las Vías Públicas, Salvo Casos De Emergencia Y Dar Vueltas En "u", Salvo En Los Lugares Permitidos Por Las Autoridades; Asimismo Es Prohibido El Tránsito De Vehículos Sobre Aceras Y Zonas De Seguridad, Salvo En El Caso De Entrada A Garajes O Sitios De Estacionamiento

Decreto 1344 de 1970 · Por el cual se expide el Código Nacional de Tránsito Terrestre

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Es prohibido hacer maniobras de retroceso en las vías públicas, salvo casos de emergencia y dar vueltas en "U", salvo en los lugares permitidos por las autoridades; asimismo es prohibido el tránsito de vehículos sobre aceras y zonas de seguridad, salvo en el caso de entrada a garajes o sitios de estacionamiento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1344 de 1970