Micelio

Artículo 7

Decreto 309 de 2017 · por el cual se modifica la estructura de la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones).

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° . Junta Directiva . La Junta Directiva de la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones) estará integrada por los siguientes miembros

1.

Un representante del Ministro del Trabajo.

2.

Un representante del Ministro de Hacienda y Crédito Público.

3.

Tres representantes del Presidente de la República. La Junta Directiva de la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones), cumplirá las funciones señaladas en las normas legales, en los reglamentos y en Estatutos de la Empresa y la presidirá uno cualquiera de los representantes del Presidente de la República.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 309 de 2017