Micelio

Artículo 51

Guantes- El Uso De Los Guantes Corresponde Á Un Traje Correcto

Decreto 754 de 1910 · Sobre reglamento de uniformes para el Ejército de la República

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Guantes- El uso de los guantes corresponde á un traje correcto. Deben llevarse puestos en el servicio y fuera de él, en la calle, menos cuando se permitan andar sin sable

a)

Guantes de cuero de lavar; para el traje de parada;

b)

Guantes tejidos; se permiten en el traje de servicio; fuera del servicio no quedan prohibidos.

c)

Guantes de cuero rojo: corresponden al traje de campaña, también en los espectadores en el campo de ejercicios en los viajes de Estado Mayor y tácticos, en el picadero;

d)

Guantes de cabritilla; no se permiten para el servicio; fuera de éste, solo en los bailes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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