Micelio

Artículo 47

Son Funciones Del Servicio De Cirugía: A) El Diagnóstico, Tratamiento Y Rehabilitación De Todos Los Pacientes De Índole Quirúrgica; B) La Realización De Las Actividades De Docencia En La Investigación En Cirugía General Y En Todas Sus Especialidades; C) La Tensión De La Consulta Externa Especializada Y En Las Interconsultas Necesarias; D) La Realización De Reuniones Científicas; E) La Hospitalización Y Atención De Los Pacientes Que Requieran Este Servicio

Decreto 2205 de 1968 · por el cual se aprueba el Reglamento General del Departamento Médico de la Caja Nacional de Previsión.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

son funciones del servicio de cirugía: a) el diagnóstico, tratamiento y rehabilitación de todos los pacientes de índole quirúrgica; b) la realización de las actividades de docencia en la investigación en cirugía general y en todas sus especialidades; c) la tensión de la consulta externa especializada y en las interconsultas necesarias; d) la realización de reuniones científicas; e) la hospitalización y atención de los pacientes que requieran este servicio.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2205 de 1968