Micelio

Artículo 1

Decreto 2518 de 1957 · Por el cual se reglamenta la exportación de muestras de productos nacionales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. Autorizase a las Aduanas del país para aceptar Manifiestos de Exportación, sin el requisito de licencia previa, para muestras no homogéneas que se declaren sin valor comercial, de productos y artículos que se produzcan o elaboren en el país, con destino al fomento de las exportaciones de que trata el Decreto número 230 del 25 de septiembre del año en curso.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2518 de 1957