Tener como mínimo una oficina física abierta al público de manera permanente, ello, independientemente de si utiliza publicidad en redes sociales y sitios web. Los espacios compartidos físicos o virtualmente (coworking), no se catalogan como oficina abierta al público de manera permanente por parte de la sociedad
Parágrafo: No se aceptarán direcciones web, virtuales o apartados aéreos como únicas indicaciones de localización de la compañía multinivel o de envío de correspondencia. Resoluci�n Firma Digital 2025-01-149411 8.2.4. Cuando una sociedad pretenda desarrollar la actividad multinivel mediante la figura de la agencia comercial deberá, en su calidad de agente, acreditar el cumplimiento de los requisitos previstos en la Ley 1700 de 2013, lo establecido en el presente título sobre la actividad y en el Código de Comercio respecto de la agencia comercial.