Micelio

Artículo 4

Ley 35 de 1928 · por la cual la Nación se asocia a la celebración del 25° aniversario de la creación del Departamento de Nariño y se concede un auxilio

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las cantidades que por esta Ley se destinan serán entregadas al Gobernador de Nariño en dos contados iguales en los meses de febrero y agosto de 1929, y este funcionario a su vez los pondrá a las órdenes de las Juntas Directivas, por partes iguales, de las Sociedades favorecidas, quienes rendirán cuenta de la inversión de la Auditoria Seccional de la Contraloría General de la Republica.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 35 de 1928