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Artículo 1

Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto Vigente: Ministerio De Educacion Nacional

Decreto 3894 de 1949 · por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente (Ministerio de Educación Nacional).

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente: MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL. Capítulo 80. Del artículo 1233. Para compra de material de enseñanza con destino a las Escuelas Públicas Primarias Oficiales, empaques, transportes, publicación de "El Lector Nacional Colombiano", en lo que sea útil, para enseñanza de la lectura en las escuelas, del que es autor el maestro Manuel Agustín Ordóñez, y demás gastos de este servicio, en el año $ 110.000.00 Capítulo 82 . Del artículo 1294. Para sueldos del personal de éste Colegio (Nacional de Chiquinquirá) 1.713.00 Del artículo 1298. Para alimentación de alumnos y empleados internos, servicios de energía, agua, aseo, teléfono, material de enseñanza, útiles de escritorio, dotación, reparaciones, deportes, drogas y demás gastos de este Colegio (Pinillos, de Mompós) 6.000.00 Capítulo 85. Del artículo 1434. Para dotación y organización en general de Escuelas Industriales, Complementarias y de Artes y Oficios, en el país 5.500.00 Capítulo 86. Del artículo 1439. Para construcción, dotación y sostenimiento de la Escuela Vocacional Agrícola de Falan, Tolima, dándole total cumplimiento a la Ley de 1947 6.600.00 Capítulo 87. Del artículo .1451. Para subvencionar compañías teatrales y artistas nacionales y extranjeros 8.000.00 Del artículo 1452. Para gastos en general de difusión y propaganda cultural, concursos artísticos, populares, conciertos, conferencias culturales y demás gastos similares 25.000.00 Del artículo 1475. Para gastos de transportes y viáticos de los miembros de la Banda Nacional, en realización de jiras artísticas, de conformidad con el artículo 4° de la Ley 134 de 1939 5.000.00 Suman los contracréditos $ 167.813.00 Capítulo 79. Al artículo 1228. Para muebles de oficinas, gastos de conservación y mobiliario, servicio, telefónico, compra de útiles de escritorio y demás gastos generales del Ministerio, en el año 5.000.00 Capítulo 80. Al artículo 1230. Para viáticos y gastos de transporte del Jefe y de los Inspectores Nacionales de Educación Primaria, en el año 5.000.00 Capítulo 82. Al artículo 1287. Para viáticos y gastos de transportes del Jefe y de los Inspectores Nacionales de Educación Secundaria, en el año 2.000.00 Al artículo 1295. Para alimentación de alumnos y empleados internos, servicios de energía, agua, aseo, teléfono, material de enseñanza, útiles de escritorio, dotación, reparaciones, deportes, drogas y demás gastos de este Colegio (Nacional de Chiquinquirá) $ 2.713.00 Al artículo 1296. Para arrendamiento del edificio y casas adyacentes, según contratos 4.700.00 Al artículo 1297. Para sueldos del personal de este Colegio (Pinillos, de Mompós) 1.600.00 Capítulo 83. Al artículo 1392. Para alimentación de alumnas y empleadas internas, restaurante escolar, servicios de energía, agua, aseo, teléfono, material de enseñanza, útiles de escritorio, dotación, deportes, reparaciones, excursiones y demás gastos de esta Normal (Nacional de Señoritas, de Tunja) 599.92 Capítulo 87. Al artículo 1476. Para sostenimiento en general de la Imprenta del Ministerio, en el año 2.500.00 Capítulo 88. Al artículo 1479. Para pago de artistas, masas corales, conjuntos escénicos, orquestas, conferencias, dramatizaciones, servicio cablegráfico de noticias extranjeras y demás gastos de programas de la Radiodifusora Nacional, en el año 30.000.00 Al artículo 1480. Para atender al pago de contratos por prestación de servicios técnicos a la Radiodifusora Nacional, inclusive viáticos y gastos de transportes, en el año 1.600.00 Al artículo 1481. Para gastos de reparación, conservación, adiciones y mejoras del equipo de la Radiodifusora Nacional; servicios de energía, agua, aseo, teléfono, útiles de escritorio y demás gastos de la misma, en el año 25.000.00 Capítulo 89. Al artículo 1487. Para sueldos del personal y profesores del Instituto Etnológico Nacional, en el año 2.250.00 Capítulo 94. Al artículo 1967. Para pago de pensiones de jubilación a maestros y profesores, inclusive el pago de las que quedaren pendientes de vigencias anteriores a la de 1949 84.850.00 Suman los créditos $ 167.813.00

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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