Micelio

Artículo 91

Decreto 2171 de 1992 · Por el cual se reestructura el Ministerio de Obras Publicas y Transporte como Ministerio de Transporte y se suprimen, fusionan y reestructuran entidades de la rama ejecutiva del orden nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 91 . DE LA SUBDIRECCION DE INFRAESTRUCTURA.- Son funciones de la Subdirección de Infraestructura

1.

Atender y ejecutar la política y planes de la Unidad en materia de desarrollo y mantenimiento de la infraestructura aeronáutica de su competencia y asegurar su correcto funcionamiento mediante la inspección y calibración requeridas.

2.

Supervisar la ejecución de las obras, equipos e instalaciones relacionadas con la infraestructura aeronáutica a su cargo o a cargo de personas o entidades distintas de la Entidad.

3.

Dirigir los estudios y diseños de la infraestructura aeronáutica que corresponda desarrollar a la Unidad.

4.

Establecer las normas, especificaciones y condiciones técnicas mínimas para la realización de las obras necesarias para el desarrollo y mantenimiento de la infraestructura aeronáutica, y obligar su cumplimiento por parte de las personas o entidades a cuyo cargo se encuentren; para ello podrá exigir la introducción de las modificaciones que estime técnicamente necesarias y, en caso tal, impedir la realización de las mismas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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