Micelio

Artículo 117

Disposiciones Generales Para La Prevención Y Protección Contra Incendios

Decreto 539 de 2022 · por el cual se expide el Reglamento de Higiene y Seguridad en las Labores Mineras a Cielo Abierto

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Disposiciones generales para la prevención y protección contra incendios . Para la prevención y protección contra incendios el explotador debe

1.

Verificar que en todo momento estén disponibles los medios de protección en todos los frentes de trabajo, donde haya riesgo de incendio, dentro o en los alrededores de la mina a cielo abierto;

2.

Designar a una persona competente para: 2.1. Elaborar un plan de prevención contra incendios, en el cual se indiquen todos los sitios de la mina donde haya riesgo de incendio, naturaleza de ese riesgo y ubicación y tipo de material existente de lucha contra el fuego; y, 2.2. Realizar inspecciones periódicas de todos los puntos estratégicos, dentro o en los alrededores de la mina, y de todo el material de lucha contra el fuego de lo cual debe quedar registro; y,

3.

Determinar los procedimientos de urgencia para la lucha contra el fuego, la evacuación y el salvamento, y establecer un sistema de alarma de incendios que advierta rápidamente a todos los trabajadores que podrían estar en peligro.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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