Reserva de información. Ningún miembro de la Junta Directiva ni funcionario del Fondo Rotatorio de la Policía podrá revelar los planes, programas y proyectos o actos de carácter reservado que se encuentren en estudio o en proceso de adopción, salvo que la Junta Directiva o el Director General hayan autorizado la información, so pena de incurrir en las sanciones a que haya lugar. Todo informe sobre asuntos relacionados con el Fondo Rotatorio de la Policía que debe suministrarse a las autoridades o público en general, se dará de conformidad con las reglamentaciones que con carácter general expida el Director General del fondo Rotatorio de la Policía o con autorización para cada caso concreto del ciado funcionario
Decreto 2150 de 1994 →Vigente
Artículo 39
Reserva De Información
Decreto 2150 de 1994 · por el cual se aprueba el Acuerdo número 00011 del 07 de abril de 1994 del Fondo Rotatorio de la Policía
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.