Micelio

Artículo 1028

, Parágrafo 9°, Del Presupuesto Nacional Vigente, Así: En Doce (12) Meses, De Enero A Diciembre: Mensual Total Director Profesor-Habilitado 190

Decreto 377 de 1943 · Por el cual se distribuye la partida para sueldos y sostenimiento en general de la Escuela Nacional de Música de Popayán

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único. Para sueldos y gastos de sostenimiento en general de la Escuela. Nacional de Música de Popayán, se distribuyen los fondos apropiados en el capítulo 70, artículo 1028,

Parágrafo 9

, del Presupuesto Nacional vigente, así: En doce (12) meses, de enero a diciembre: Mensual Total Director Profesor-Habilitado 190.00 2280.00 Profesor de Violín y Contrabajo 70.00 840.00 Profesor de Piano 50.00 600.00 Profesor de Iniciación Musical 30.00 360.00 Portero 30.00 360.00 Para servicios, material y gastos varios, en general 130.00 1560.00 Totales 500.00 6.000.00

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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