Micelio

Artículo 1

Ordénase La Publicación Del Proyecto De Acto Legislativo Número 93/88 Cámara, 21/88 Senado, "por El Cual Se Autoriza Erigir En Departamento La Intendencia Nacional Del Putumayo" Aprobado Por El Congreso En Primera Vuelta Durante La Legislatura Ordinaria De 1988 Cuyo Texto Es Del Siguiente Tenor: El Congreso De Colombia Decreta: Artículo 1° La Ley Puede Erigir En Departamento La Intendencia Nacional Del Putumayo, Aun Cuando No Tenga El Número De Habitantes Exigido Por Los Artículos 5° Y 6°de La Constitución Política, Sin Afectar El Territorio De Las Entidades Departamentales, Intendenciales Comisariales Limítrofes Artículo 2° Este Acto Legislativo Rige A Partir De Su Sanción Dado En Bogotá D E

Decreto 281 de 1989 · Por el cual se ordena la publicación de un proyecto de Acto Legislativo.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Ordénase la publicación del Proyecto de Acto legislativo número 93/88 Cámara, 21/88 Senado, "por el cual se autoriza erigir en Departamento la Intendencia Nacional del Putumayo" aprobado por el Congreso en primera vuelta durante la Legislatura Ordinaria de 1988 cuyo texto es del siguiente tenor: El Congreso de Colombia DECRETA: Artículo 1° La ley puede erigir en Departamento la Intendencia Nacional del Putumayo, aun cuando no tenga el número de habitantes exigido por los artículos 5° y 6°de la Constitución Política, sin afectar el territorio de las entidades departamentales, intendenciales comisariales limítrofes Artículo 2° Este Acto legislativo rige a partir de su sanción

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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