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Artículo 38

Decreto 1798 de 2000 · por el cual se modifican las normas de disciplina y ética para la Policía Nacional

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 38 . FALTAS GRAVES. Son faltas graves

1.

Coaccionar al servidor público sobre sus decisiones para obtener provecho personal o de terceros.

2.

Apropiarse, ocultar, desaparecer o destruir bienes, elementos, documentos y pertenencias de superiores, subalternos, compañeros o particulares.

3.

Permitir la prescripción o no ejercer con el debido celo y oportunidad las atribuciones en los procesos disciplinarios, penales o administrativos.

4.

Dar lugar a justificadas quejas o informes por parte de los ciudadanos, superiores, subalternos o compañeros por su comportamiento negligente o arbitrario dentro o fuera del servicio.

5.

Ejecutar actos de violencia o malos tratos contra el público, superiores, subalternos o compañeros.

6.

Proferir públicamente expresiones que afecten el buen nombre de la Institución o de sus servidores.

7.

Despojarse, con manifestaciones de menosprecio, del uniforme, las insignias o condecoraciones.

8.

Abusar de la ingestión de bebidas embriagantes.

9.

No prestar la colaboración necesaria o irrespetar a los servidores del Estado a los cuales se les deba asistencia o apoyo en el ejercicio de sus funciones.

10.

Causar daño intencionalmente a su integridad personal o fingir dolencias para no ejercer las actividades propias de su cargo o función.

11.

Conocido el hecho, no presentarse dentro del término de la distancia cuando ocurran alteraciones graves de orden público, en cuyo restablecimiento deba participar de acuerdo con órdenes, planes o convocatoria pública por parte de los superiores.

12.

No asistir al servicio sin justa causa.

13.

Ausentarse sin permiso del lugar de facción o sitio donde preste su servicio o adelante su formación académica.

14.

Tener en forma estable o transitoria, para actividades del servicio, personas ajenas a la Institución sin la autorización debida.

15.

Imponer a sus subalternos trabajos ajenos al servicio o impedirles el cumplimiento de sus deberes.

16.

Prestar a título particular servicios de asistencia o asesoría, en asuntos relacionados con funciones propias de su cargo.

17.

Causar daño a la integridad de las personas o de los bienes, como consecuencia del exceso en el uso de las armas, de la fuerza o de los demás medios coercitivos legalmente autorizados.

18.

Omitir el control administrativo de los dineros, material o equipo a su cargo; incumplir los plazos establecidos para la rendición de cuentas fiscales y contables o retardar injustificadamente la tramitación y el pago de cuentas administrativas.

19.

Vincular, incorporar o permitir la incorporación a la Institución, de personas sin el lleno de los requisitos o incurriendo en negligencia en el proceso de selección e incorporación.

20.

Eludir el cumplimiento de las tareas que deba realizar de manera personal o la ejecución de las órdenes que se le impartan, lo mismo que no responder por el uso de la autoridad que se le delegue.

21.

Inducir, por cualquier medio, a otras personas a error u omitir información, declaraciones, conceptos o datos que se hagan necesarios para esclarecer la verdad, acerca de un hecho relacionado con el servicio.

22.

Constreñir, comprometer o inducir al subalterno, superior o compañero para que oculte una falta.

23.

Omitir, retardar o no suministrar oportunamente respuesta a las peticiones respetuosas de los particulares o solicitudes de las autoridades o enviarlas a destinatario diferente al que corresponda.

24.

Aceptar sin permiso de la autoridad correspondiente, cargos, honores o recompensas provenientes de organismos internacionales o gobiernos extranjeros.

25.

Incumplir, modificar, desautorizar o introducir cambios sin causa justificada, a las órdenes o instrucciones relativas al servicio.

26.

Ejecutar con negligencia o tardanza las órdenes o actividades relacionadas con el servicio.

27.

No informar los hechos que deben ser llevados a conocimiento del superior por razón del cargo o servicio o hacerlo con retardo.

28.

No cumplir con las obligaciones como evaluador o revisor de acuerdo con el Decreto de Evaluación y Clasificación del Desempeño.

29.

Eludir la prestación del servicio.

30.

Manipular imprudentemente las armas de fuego.

31.

Incurrir en despreocupación o abandono por el bienestar del personal bajo su mando.

32.

Utilizar distintivos o condecoraciones no otorgadas legalmente.

33.

Omitir las medidas necesarias a que están obligados los Comandantes de las unidades correspondientes, para asegurar la comparecencia a diligencias o la notificación de las decisiones del mando y demás autoridades.

34.

Formular acusaciones tendenciosas o temerarias contra cualquier miembro de la Fuerza Pública.

35.

Respecto de documentos

a)

Proporcionar datos inexactos u omitir información que tenga incidencia en su vinculación al cargo o a la carrera, sus promociones o ascensos.

b)

Permitir el acceso o exhibir expedientes, documentos o archivos a personas no autorizadas.

c)

No registrar en los libros o documentos los hechos y novedades a que se esté obligado por razón del servicio, cargo o función.

36.

Respecto de los bienes y equipos de la Policía Nacional o de los de carácter particular puestos bajo su responsabilidad, violar la ley, reglamentos o instrucciones superiores mediante las siguientes conductas

a)

Retenerlos o apropiárselos.

b)

Incurrir en negligencia o actuar con impericia o imprudencia en su manejo o control.

c)

Usarlos en beneficio propio o de terceros.

d)

Darles aplicación o uso diferente.

e)

Extraviarlos, perderlos, dañarlos o desguazarlos.

f)

Entregarlos a personas distintas a su verdadero dueño.

g)

Demorar injustificadamente su entrega a la autoridad competente o la devolución a su dueño.

h)

Conducirlos u operarlos sin el debido permiso o autorización.

i)

Malversarlos o permitir que otros lo hagan.

37.

Respecto del personal en comisión de estudios, también son faltas

a)

Dejar de asistir sin justificación a las clases o llegar frecuentemente retardado a ellas.

b)

No cumplir las tareas o los trabajos impuestos o no hacerlo con la oportunidad debida.

c)

Emplear medios o ejercitar actos para conocer previamente los temas de exámenes.

d)

Utilizar durante los exámenes cualquier medio fraudulento.

e)

Suministrar datos escritos o verbales a otros alumnos, durante las pruebas o exámenes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

  1. 2001
    C-712/01ConstitucionalidadEXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de cada sentencia
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