Micelio

Artículo 2

Decreto 3273 de 1955 · Por el cual se auxilia una Cooperativa en Caucasia (Antioquia)

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo segundo. El auxilio de que trata el presente Decreto no podrá destinarse a fin distinto, y la rendición de cuentas, que debe verificarse ante la Contraloría General de la República, se hará de conformidad con las disposiciones legales vigentes para esta clase de auxilios, y de las que en adelante se dicten por ésta y otras entidades competentes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3273 de 1955