Las obras se llevarán a cabo por la Nación, o por el Departamento o el Municipio cuando así se convenga entre las partes contratantes y éstos últimos tengan medios técnicos apropiados a juicio del Ministerio.
Decreto 1385 de 1940 →Vigente
Artículo 17
Las Obras Se Llevarán A Cabo Por La Nación, O Por El Departamento O El Municipio Cuando Así Se Convenga Entre Las Partes Contratantes Y Éstos Últimos Tengan Medios Técnicos Apropiados A Juicio Del Ministerio
Decreto 1385 de 1940 · Por el cual se reglamenta el Decreto número 503 de 1940, en lo relativo a construcciones escolares
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.