Art. 5.° Un ejemplar de lujo de la presente ley será remitido por el Presidente del Congreso á la señora Doña Marcelina Robledo, viuda del Doctor Luis María Restrepo.
Ley 5 de 1890 →Vigente
Artículo 5
Gobierno Ejecutivo-Bogotá, Septiembre 20 De 1890
Ley 5 de 1890 · por la cual se honra la memoria del Doctor Luis María Restrepo
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.