Gastos de inhumación En el desarrollo de lo dispuesto por el artículo 123 del decreto 2338 de 1971, los oficiales y Suboficiales de la Policía nacional que fallezcan en servicio activo o goce de asignación de retiro o pensión. En al país, tendrán derecho a gastos de inhumación de las siguientes cantidades: Oficiales Generales 6.000.00 Oficiales Superiores 5.000.00 Oficiales Subalternos 4.000.00 Suboficiales 3.000.0
Decreto 2553 de 1975 →Vigente
Artículo 111
Gastos De Inhumación En El Desarrollo De Lo Dispuesto Por El Artículo 123 Del Decreto 2338 De 1971, Los Oficiales Y Suboficiales De La Policía Nacional Que Fallezcan En Servicio Activo O Goce De Asignación De Retiro O Pensión
Decreto 2553 de 1975 · Por el cual se reglamenta el Decreto 2388 de 1971, reorgánico de la Carrera de Oficiales y Suboficiales de la Policía Nacional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.