Articulo 2° En los términos del presente Decreto, que rige a partir de la fecha de su expedición, se modifica el artículo del Decreto número 2332 de 1946.
Decreto 2036 de 1949 →Vigente
Artículo 2
En Los Términos Del Presente Decreto, Que Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición, Se Modifica El Artículo Del Decreto Número 2332 De 1946
Decreto 2036 de 1949 · Por el cual se modifica el artículo 67 del Decreto número 2332 de 1946
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.