Curso de Estado Mayor. Para ingresar al Curso de Estado Mayor de que trata el Artículo 55 del Decreto 89 de 1984, los Mayores y Capitanes de Corbeta aspirantes al mismo, deberán llenar los siguientes requisitos: a) Ser propuesto al Comando General por el respectivo Comando de Fuerza, previo estudio cuidadoso de las condiciones profesionales, morales e intelectuales del candidato. Esta propuesta debe hacerse con un mínimo de siete (7) meses de anticipación a la fecha señalada para la iniciación de los exámenes de admisión; b) Contar con un promedio de clasificación no inferior a lista tres (3) durante los años de servicio en el grado de Mayor o Capitán de Corbeta; c) Tener un mínimo de dos (2) años de antigüedad en el grado; d) Haber cumplido los requisitos de mando o embargo que para los Mayores o Capitanes de Corbeta establecen los artículos 43, 44, 46 47, 49 y 50 del Decreto 89 de 1984; e) Presentar exámenes de admisión en la Escuela Superior de guerra, sobre las materias y en la forma y condiciones establecidas por dicho Instituto en la correspondiente Directiva y obtener en tales exámenes uno cualquiera de los siguientes niveles mínimos de calificación
Una nota no inferior a sesenta sobre cien (60/100) en cada una de las materias motivo de examen, o
Un promedio general no inferior a setenta sobre cien (70/100) en el conjunto de los exámenes de admisión. Para el cómputo de este promedio general se atribuirá idéntico valor a cada una de las materias motivo de examen. f) Encontrarse, por razón de antigüedad, dentro del cupo máximo asignado por el Comando General a cada una de las Fuerzas.
Los exámenes de admisión no podrán habilitarse ni ser objeto de segunda opción. En consecuencia, quienes no los aprobaren dé acuerdo con lo preceptuado en el literal e) de este artículo, perderán la oportunidad de ingresar al Curso de Estado Mayor.