Micelio

Artículo 2

Ley 103 de 1958 · Por la cual se declara de utilidad pública una zona de terreno y se provee a la realización de una obra de irrigación en el Departamento del Atlántico

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero, como mandataria de la Nación, queda autorizada para prospectar y realizar las obras de irrigación, desecación y drenaje en los terrenos de que trata el artículo anterior y para administrar el sistemas de regadío, con los recursos y según las modalidades de esta Ley.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 103 de 1958