Administrador del Fondo. El administrador del Fondo de Fuentes Alternativas de Pago para el Desarrollo de Infraestructura (FIP) será el encargado de ejercer la administración, vocería y representación del Fondo, incluyendo las decisiones particulares que no le correspondan al Consejo Directivo en las condiciones establecidas en el contrato de fiducia mercantil y en el reglamento del Fondo. Las obligaciones del administrador del Fondo bajo el contrato de fiducia mercantil serán de medio y no de resultado.
El administrador del Fondo llevará además la personería del patrimonio autónomo en todas las actuaciones procesales de carácter administrativo o judicial que deban realizarse para proteger y defender los bienes que lo conforman, o para ejercer los derechos y acciones que le correspondan, todo lo cual se realizará con cargo a los recursos del Fondo, conforme lo establecido en el contrato de fiducia mercantil y/o el reglamento del Fondo. En su calidad de vocero y administrador, el administrador del Fondo actuará como el ordenador del gasto, a través de sus representantes legales.
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