Micelio

Artículo 163

Decreto 2400 de 1986 · por el cual se revisa, reforma y pone en funcionamiento el Estatuto de la Carrera Judicial.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Contra la providencia que imponga sanción de destitución, se podrá interponer recurso de revisión ante el Tribunal Disciplinario, dentro de los quince días siguientes a la ejecutoria de la misma, en los casos que a continuación se señalan

1.

Cuando se demuestre que es falso el testimonio, la peritación, el documento o cualquier otra prueba en que se apoye la providencia.

2.

Cuando después de dictada la providencia aparezcan hechos nuevos o se presenten pruebas no conocidas al tiempo de proferirla, que determinen una decisión contraria a la recurrida.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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