Micelio

Artículo 9

Como Una De Las Finalidades Primordiales Del Auxilio De Que Trata Este Decreto Es La De Proveer A La Reconstrucción De Las Zonas Incendiadas, La Junta Exigirá De Los Damnificados Beneficiados Con Reconocimiento De Auxilios Por La Pérdida O Avería De Bienes Inmuebles, Las Garantías Que A Su Juicio, Estime Indispensables, Para La Inversión Del Auxilio En La Reconstrucción De La Propiedad Destruida O Averiada, Y Controlará Posteriormente La Correcta Aplicación De Los Fondos A Dicho Objetivo

Decreto 3552 de 1949 · por el cual se reglamenta la Ley 15 de 1946 en cuanto se concede un auxilio para indemnizar a los perjudicados en el incendio del Municipio de Agua de Dios.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Como una de las finalidades primordiales del auxilio de que trata este Decreto es la de proveer a la reconstrucción de las zonas incendiadas, la Junta exigirá de los damnificados beneficiados con reconocimiento de auxilios por la pérdida o avería de bienes inmuebles, las garantías que a su juicio, estime indispensables, para la inversión del auxilio en la reconstrucción de la propiedad destruida o averiada, y controlará posteriormente la correcta aplicación de los fondos a dicho objetivo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3552 de 1949