° Adscríbese la Recaudación de Hacienda Nacional de Iscuandé (El Charco, Nariño), a la Principal de Tumaco para los efectos administrativos, relacionados con la rendición de cuentas, movimiento de fondos y pagos que se efectúen por conducto de las Recaudaciones de Hacienda Nacional.
Decreto 1077 de 1949 →Vigente
Artículo 1
Adscríbese La Recaudación De Hacienda Nacional De Iscuandé (El Charco, Nariño), A La Principal De Tumaco Para Los Efectos Administrativos, Relacionados Con La Rendición De Cuentas, Movimiento De Fondos Y Pagos Que Se Efectúen Por Conducto De Las Recaudaciones De Hacienda Nacional
Decreto 1077 de 1949 · Por el cual se adscribe la Recaudación de Hacienda Nacional de Iscuandé (El Charco), a la de Tumaco
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.