Articulo 1° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente: MINISTERIO DE CORREOS Y TELEGRAFOS Capitulo 83. Del artículo 1513. Para los gastos de los servicios de teléfono, acueducto, agua potable, aseo y desinfección, alumbrado y fuerza eléctrica y otros gastos, inclusive materiales para los mismos servicios $ 12.000.00 Capitulo 83. Al artículo 1510. Para jornales, inclusive los necesarios en la construcción, reparación y conservación de las lineas telegráficas y telefónicas $ 12.000.00
Decreto 881 de 1945 →Vigente
Artículo 1
Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto Vigente: Ministerio De Correos Y Telegrafos Capitulo 83
Decreto 881 de 1945 · Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.