°. De la partida de $ 1.200 que figuran para el Tesorero Pagador de la Facultad, trasladese la cantidad de $ 600 al artículo 1° del mencionado Decreto, para gastos de material.
Decreto 840 de 1928 →Vigente
Artículo 2
De La Partida De $ 1
Decreto 840 de 1928 · Por el cual se modifica el marcado con el número 380 del 29 de febrero de 1928, y se deroga el Decreto número 656 bis del 16 de abril del mismo año
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.