º Las inversiones previstas en este acuerdo así como los Títulos: Valores representativos de la cartera del Fondo que emita el Banco de la República, constituirán una reserva adicional del Fondo Nacional del Café para asegurar en el futuro la normal comercialización del grano, cuando ello fuere necesario, así como el adecuado financiamiento del mismo si llegaren a presentarse circunstancias especiales para la industria cafetera.
Artículo 7
Las Inversiones Previstas En Este Acuerdo Así Como Los Títulos: Valores Representativos De La Cartera Del Fondo Que Emita El Banco De La República, Constituirán Una Reserva Adicional Del Fondo Nacional Del Café Para Asegurar En El Futuro La Normal Comercialización Del Grano, Cuando Ello Fuere Necesario, Así Como El Adecuado Financiamiento Del Mismo Si Llegaren A Presentarse Circunstancias Especiales Para La Industria Cafetera
Decreto 460 de 1977 · Por el cual se aprueba un Acuerdo de la Conferencia Cafetera Nacional
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.