Micelio

Artículo 7

Las Inversiones Previstas En Este Acuerdo Así Como Los Títulos: Valores Representativos De La Cartera Del Fondo Que Emita El Banco De La República, Constituirán Una Reserva Adicional Del Fondo Nacional Del Café Para Asegurar En El Futuro La Normal Comercialización Del Grano, Cuando Ello Fuere Necesario, Así Como El Adecuado Financiamiento Del Mismo Si Llegaren A Presentarse Circunstancias Especiales Para La Industria Cafetera

Decreto 460 de 1977 · Por el cual se aprueba un Acuerdo de la Conferencia Cafetera Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Las inversiones previstas en este acuerdo así como los Títulos: Valores representativos de la cartera del Fondo que emita el Banco de la República, constituirán una reserva adicional del Fondo Nacional del Café para asegurar en el futuro la normal comercialización del grano, cuando ello fuere necesario, así como el adecuado financiamiento del mismo si llegaren a presentarse circunstancias especiales para la industria cafetera.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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