Micelio

Artículo 2

Ley 102 de 1914 · sobre regimen administrativo en la Intendencia del Chocó.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Gobierno ejercerá las atribuciones que corresponden a las Asambleas sobre las materias del régimen departamental y del municipal, en cuanto lo requieran el orden y el desarrollo de la Intendencia, y concederá a esta entidad, en lo posible y conveniente, la mayor autonomía e independencia para ]a administración de sus intereses seccionales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 102 de 1914