Micelio

Artículo 14

Pérdida De Los Beneficios Y Facultades De Control

Decreto 1419 de 2026 · Por el cual se adoptan en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica por grave calamidad pública en parte del territorio nacional declarado mediante el Decreto 1261 de 2026, modificado mediante el Decreto 1348 de 2026

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La falsedad, simulación, ocultamiento, destinación indebida, beneficio improcedente o incumplimiento de los requisitos previstos en este Decreto producirá la pérdida del tratamiento correspondiente desde la fecha en que se configuró el hecho. el cobro de las sumas dejadas de pagar, los intereses y sanciones aplicables y la efectividad de las garantías, sin pe~uicio de las responsabilidades penales, fiscales y disciplinarias. La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN y las demás autoridades competentes conservarán íntegramente sus facultades de fiscalización, determinación. discusión, sanción, aprehensión, decomiso y cobro.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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