Establecerse en la capital de la República un consejo superior de sanidad que tendrá a su cargo la dirección vigilancia y reglamentación general de la higiene pública y privada en todos sus ramos la constituirán 5 miembros determinados así: 3 profesores de medicina, un profesor de ciencias naturales y un bacteriólogo. Este cuerpo nombrará de su seno un Presidente y un Vicepresidente y actuará como secretario la persona que el mismo consejo tenga bien designar.
La Academia Nacional de Medicina desempeñará ad honorem las funciones del comité consecutivo en los casos graves, controvertidos o de especial trascendencia.