º. Al hacer la publicación oficial del Código de Comercio (Decreto-Ley 410 de 1971), se le harán al citado Decreto las correcciones de los errores de mecanografía y de citas legales, así como en la ordenación y numeración, de su articulado, que fueron dispuestos por el Honorable Consejo de Estado, con base en la facultad que le confiere el artículo 28 de la Ley 167 de 1941. •
Artículo 1
Al Hacer La Publicación Oficial Del Código De Comercio (Decreto-Ley 410 De 1971), Se Le Harán Al Citado Decreto Las Correcciones De Los Errores De Mecanografía Y De Citas Legales, Así Como En La Ordenación Y Numeración, De Su Articulado, Que Fueron Dispuestos Por El Honorable Consejo De Estado, Con Base En La Facultad Que Le Confiere El Artículo 28 De La Ley 167 De 1941
Decreto 837 de 1971 · Por el cual se ordena publicar la edición oficial del Código de Comercio, revisada y corregida por el Honorable Consejo de Estado
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.