Artículo primero. Las instituciones de educación superior, tanto de carácter oficial como privado, que practiquen pruebas de admisión adicionales a los exámenes de estado, sólo podrán exigir como requisitos para la presentación de tales pruebas: el formulario de inscripción, el documento de identidad, la constancia de haber cancelado los derechos de inscripción que de acuerdo con la autorización del ICFES haya establecido cada institución, y les resultados del examen de estado.
Decreto 1034 de 1982 →Vigente
Artículo 1
Decreto 1034 de 1982 · Por medio del cual se dictan disposiciones sobre admisión a las instituciones de educación superior
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.