Micelio

Artículo 18

El Gobierno Sufragará Los Gastos De Drogas, Exámenes De Laboratorio, Radioscopias Y Radiografías, Fajas, Bragueros, Aparatos Ortopédicos En La Siguiente Escala: Para Los Empleados Que Devenguen Hasta Ciento Cincuenta Pesos ($ 150) Mensuales, Con El Ochenta Por Ciento (80%); A Los Que Devenguen De Ciento Cincuenta Y Un Pesos ($ 151) A Trescientos Pesos ($ 300) Mensuales, Con El Setenta Por Ciento (70%) Y A Los Que Devenguen De Trescientos Un Pesos ($ 301) En Adelante, Solamente Con El Sesenta Por Ciento ( 60%)

Decreto 250 de 1943 · Por el cual se reglamenta el Servcio Médico de los Ministerios y se dictan otras disposiciones

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Gobierno sufragará los gastos de drogas, exámenes de laboratorio, radioscopias y radiografías, fajas, bragueros, aparatos ortopédicos en la siguiente escala: para los empleados que devenguen hasta ciento cincuenta pesos ($ 150) mensuales, con el ochenta por ciento (80%); a los que devenguen de ciento cincuenta y un pesos ($ 151) a trescientos pesos ($ 300) mensuales, con el setenta por ciento (70%) y a los que devenguen de trescientos un pesos ($ 301) en adelante, solamente con el sesenta por ciento ( 60%).

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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