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Artículo 12

La División Administrativa Tendrá Como Jefe Un Director Administrativo, Quien A La Vez Será El Secretario De La Superintendencia

Decreto 1631 de 1961 · Por el cual se aprueba la Resolución número 588, del 17 de junio del mismo año, originaria de la Superintendencia de Sociedades Anónimas

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La División Administrativa tendrá como Jefe un Director Administrativo, quien a la vez será el Secretario de la Superintendencia. En consecuencia, tendrá las siguientes funciones

a)

Dirigir y coordinar la ejecución de los programas y trabajos que han de desarrollar las Secciones que componen la División.

b)

Estudiar y resolver los problemas de las Secciones a su cargo, distribuir el trabajo entre ellas, y analizar los informes de las mismas.

c)

Rendir informes al Superintendente sobre las labores adelantadas por la División.

d)

Recibir y evaluar los informes periódicos de sus subalternos.

e)

Asesorar en asuntos administrativos al Superintendente y a los Delegados.

f)

Elaborar el proyecto de presupuesto con la asistencia del Jefe de la Sección respectiva.

g)

Responder ante el Superintendente de todos los aspectos administrativos de la entidad.

h)

Coordinar con las entidades oficiales pertinentes, lo relacionado con el cumplimiento de las normas fiscales y las normas sobre presupuesto, desembolsos, suministros y personal.

i)

Elaborar los reglamentos administrativos de la Superintendencia, someterlos a la consideración del Superintendente, y una vez aprobados, velar por el cumplimiento de sus disposiciones.

j)

Señalar de acuerdo con el Superintendente y los Delegados los documentos que deban publicarse,

k)

Autorizar con su firma los actos administrativos que prescriban la ley o los reglamentos, 1) Atender el buen funcionamiento v organización del Despacho del Superintendente. m) Atender las relaciones públicas de la Superintendencia y suministrar información a la prensa y a los funcionarios públicos correspondientes, sobre las funciones que la Superintendencia desarrolla.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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