Micelio

Artículo 56

Reconocimiento Y Pago De Primas Anteriores Para El Reconocimiento Y Pago De La Prima De Orden Público, Los Comandos De La Unidad A Que Pertenezca El Individuo, Pasaran, Mensualmente A La Dirección General De La Policía, Un Cuadro Con La Relación De Los Oficiales Y Suboficiales Que Tengan Derecho A Ella, Por Conducto Regular

Decreto 2553 de 1975 · Por el cual se reglamenta el Decreto 2388 de 1971, reorgánico de la Carrera de Oficiales y Suboficiales de la Policía Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Reconocimiento y Pago de Primas anteriores Para el reconocimiento y pago de la prima de orden público, los Comandos de la Unidad a que pertenezca el individuo, pasaran, mensualmente a la Dirección general de la Policía, un cuadro con la relación de los Oficiales Y Suboficiales que tengan derecho a ella, por conducto regular. Cuando se trate del suministro de alimentación, el presupuesto mensual que la provea o tenga que reconocerla, se acrecerá con el valor correspondiente al número de oficiales y suboficiales que tengan derecho a tomarla, debiendo solicitarse la situación de fondos oportunamente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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