A partir de la ejecutoria de la resolución por la cual se imponga la suspensión o cancelación de licencia, no podrá desarrollarse actividad alguna en el establecimiento, relacionado con el fundamento de la sanción, salvo la necesaria para evitar deterioro a los equipos o para la conservación del inmueble.
Decreto 713 de 1984 →Vigente
Artículo 62
A Partir De La Ejecutoria De La Resolución Por La Cual Se Imponga La Suspensión O Cancelación De Licencia, No Podrá Desarrollarse Actividad Alguna En El Establecimiento, Relacionado Con El Fundamento De La Sanción, Salvo La Necesaria Para Evitar Deterioro A Los Equipos O Para La Conservación Del Inmueble
Decreto 713 de 1984 · Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 23 de 1962 y el Título VI de la Ley 09 de 1979, en cuanto a productos farmacéuticos fraudulentos y alterados
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.