Micelio

Artículo 10

El Banco De Ahorro Y Vivienda Estará Exento De Toda Clase De Impuestos, Tasas Y Contribuciones Nacionales Presentes O Futuros; Los Departamentos Y Municipios No Podrán Imponerle En El Futuro Ninguna Clase De Impuestos, Tasas Y Contribuciones

Decreto 2349 de 1965 · Por el cual se fomenta el ahorro popular, se encauza hacia la construcción y adquisición de vivienda, se crea el banco de ahorro y vivienda, se estimula la inversión y se combate el desempleo

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Banco de Ahorro y Vivienda estará exento de toda clase de impuestos, tasas y contribuciones nacionales presentes o futuros; Los departamentos y municipios no podrán imponerle en el futuro ninguna clase de impuestos, tasas y contribuciones. Todos sus actos y contratos y documentos que suscriba, estarán exentos de impuestos de timbre y papel sellado y demás impuestos nacionales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2349 de 1965