Si por el número y cuantía de las tercerías y el monto de los bienes embargados, el Juez llega a la conclusión de que el pasivo del ejecutado es mayor que su activo, a petición de cualquiera de las partes, declara abierto de concurso de acreedores al deudor, y de ahí en adelante el juicio sigue la tramitación correspondiente.
CESIÓN DE BIENES.
CESIÓN A UN SOLO ACREEDOR.